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| Los Derechos del Consumidor |
Según la doctora María Antonieta Olivares Torre, vicepresidenta del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) mencionó: “el consumidor tiene el derecho a acceder a la información oportuna y relevante, así mismo a la protección de sus intereses económicos, recibir un trato justo y equitativo en todos los centros comerciales y lugares de venta, respetando el origen, raza, sexo e idioma”.
La Ley Nº 29571, promulgada el 16 Noviembre de 2007, establece las normas de protección y defensa de los consumidores, instituyendo como un principio rector de la política social y económica del Estado, la protección de los derechos del consumidor se encuentra dentro del marco del artículo 65 de la Constitución Política del Perú y en un régimen de economía social de mercado, establecido en el Capítulo I del Título III, Del Régimen Económico, de la Constitución Política del Perú.
Un testimonio resiente menciona los frecuentes maltratos sufridos por un compositor ecuatoriano y su esposa peruana en el tren a Machu Picchu, mientras los turistas ingleses y europeos eran atendidos con una sumisión que llegaba al humillación. Los agraviados estaban convencidos que no se trataba de uno o dos empleados racistas, sino de una política de la empresa.
En julio del 2010 el Congreso de la República, aprobó el Código de Protección y Defensa del Consumidor, el cual establece las normas de protección y defensa al consumidor, instituyéndolas como un principio rector de la política social y económica del Estado; teniendo como finalidad que los consumidores accedan a productos y servicios idóneos y gocen de los derechos y los mecanismos efectivos para su protección, para así reducir la irregularidad informativa, corrigiendo, previniendo y eliminando las conductas y prácticas que afecten sus legítimos intereses.
Ninoska Arredondo Miranda
Verónica Quispe Cárdenas
Verónica Quispe Cárdenas
